Canal de Denuncias
Su información importa
Información complementaria

¿Cómo funciona el proceso de comunicación?

Pueden utilizar este canal las personas que hayan obtenido información en un contexto laboral o profesional: plantilla y exempleados, personas autónomas, accionistas y miembros de órganos de administración o dirección, voluntariado, becarios y personas en formación, candidatos, contratistas, subcontratistas, proveedores y quienes trabajen bajo su supervisión. También pueden admitirse otras comunicaciones conforme al Reglamento, aunque solo las incluidas en la Ley 2/2023 disfrutan de su régimen específico de protección.

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Prepare su comunicación

Reúna los hechos y, si dispone de ellos, los documentos relacionados. Explique qué ocurrió, cuándo y dónde, quiénes intervinieron y cómo tuvo conocimiento de la situación. Evite incluir datos personales que no sean necesarios para analizar los hechos.

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Envíe la comunicación por el canal que prefiera

Puede utilizar el formulario de forma identificada o anónima. También puede realizar una comunicación verbal o solicitar una reunión presencial conforme al Reglamento. Todos los medios se gestionan con las mismas garantías de confidencialidad, seguridad, independencia e imparcialidad.

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Acuse de recibo, investigación y respuesta

Si ha facilitado un medio seguro de contacto, recibirá un acuse de recibo en un plazo máximo de siete días naturales, salvo que hacerlo pueda poner en riesgo la confidencialidad. Podremos solicitarle información adicional. La respuesta sobre las actuaciones realizadas se facilitará en un plazo máximo de tres meses; en casos de especial complejidad, podrá ampliarse hasta otros tres meses.

Canales externos de denuncia

Responda a unas preguntas y envíe su comunicación

La información solicitada nos ayudará a valorar e investigar los hechos de forma confidencial, objetiva e imparcial.

Preguntas frecuentes

Pueden utilizar el canal las personas que hayan obtenido información sobre posibles infracciones en un contexto laboral o profesional relacionado con Dr. Finanzas o con las sociedades de su grupo que operen en España. Esto incluye, entre otras, a personas trabajadoras y exempleadas, autónomas, accionistas, miembros de los órganos de administración, dirección o supervisión, voluntarias, becarias, personas en formación o en procesos de selección, contratistas, subcontratistas, proveedores y quienes trabajen bajo su supervisión. Para acogerse a la protección de la Ley 2/2023, la persona informante debe tener motivos razonables para considerar que la información es veraz en el momento de comunicarla y que se encuentra dentro de su ámbito de aplicación; no es necesario aportar pruebas concluyentes.

La comunicación se gestionará de forma segura, objetiva e imparcial, de conformidad con la Ley 2/2023, el Reglamento General de Protección de Datos y la Ley Orgánica 3/2018. Puede presentarse de forma identificada o anónima. Se protegerán la confidencialidad de la identidad de la persona informante, de la persona afectada y de cualquier tercero mencionado, así como el contenido y las actuaciones de investigación. El acceso quedará limitado al personal autorizado. Si facilita un medio seguro de contacto, recibirá un acuse de recibo en un plazo máximo de siete días naturales, salvo que ello pueda comprometer la confidencialidad, y información sobre las actuaciones realizadas en un plazo máximo de tres meses, ampliable hasta otros tres meses en casos de especial complejidad.

La persona informante tiene derecho a que su identidad permanezca reservada y no sea comunicada a la persona a la que se atribuyen los hechos, a la protección de sus datos personales, a mantener una comunicación segura con la persona responsable del sistema y a no sufrir represalias, incluidas las amenazas o tentativas de represalia, cuando se cumplan las condiciones legales. También puede acudir al canal externo de la Autoridad Independiente de Protección del Informante o de la autoridad autonómica competente. Debe actuar con honestidad, aportar información que razonablemente considere veraz, utilizar los canales previstos y evitar datos personales o documentos que no sean necesarios. La protección no ampara informaciones deliberadamente falsas, meros rumores, conflictos estrictamente interpersonales ni hechos fuera del ámbito de la Ley 2/2023. La persona afectada conserva la presunción de inocencia, el derecho de defensa y la confidencialidad.