Adquirir un inmueble usado implica contemplar una serie de tributos obligatorios vinculados a la transmisión de bienes. En la Comunidad de Madrid, el impuesto principal que grava la adquisición de inmuebles usados es el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP), un tributo autonómico que conviene presupuestar con precisión antes de formalizar la compraventa.

Para planificar adecuadamente tu presupuesto, conviene conocer la normativa del ITP de Madrid, ya que representa uno de los desembolsos adicionales más relevantes junto a la formalización del crédito hipotecario.

¿Cuál es el ITP de una vivienda de segunda mano en Madrid?

El tipo general impositivo establecido en la Comunidad de Madrid se sitúa en el 6%, una de las tasas fijas más moderadas del territorio nacional. Este porcentaje se aplica directamente sobre la base imponible del inmueble, que por norma legal se determina utilizando el valor de referencia de la Dirección General del Catastro, salvo que el precio de compra acordado en la escritura de compraventa resulte ser superior.

Existen reducciones muy significativas que el Gobierno autonómico contempla para determinados colectivos, permitiendo rebajar la cuota íntegra de forma notable:

  • Bonificación general por vivienda habitual: Si el valor total de la propiedad no supera los 250.000 euros y se va a destinar a residencia permanente, se puede aplicar una bonificación del 10% sobre la cuota del impuesto, lo que deja el tipo efectivo en un 5,4%. Esta aumentará hasta el 100 por cien si la vivienda habitual adquirida por un menor de 35 años y situada en un municipio con una población inferior a los 2.500 habitantes a 1 de enero.
  • Tipo reducido para familias numerosas: Conviene saber que las familias numerosas disfrutan de un tipo reducido específico del 4% para su residencia habitual, condicionado en algunos supuestos a la venta del inmueble anterior en un plazo fijado por la ley regional.

¿Cómo se calcula el ITP en Madrid y quién debe pagarlo?

¿Quién tiene que pagar el ITP en Madrid?

En toda operación de compraventa de bienes usados, el sujeto pasivo obligado por el derecho tributario a liquidar este impuesto es el comprador de la vivienda. El vendedor, por su parte, deberá atender, si procede, la plusvalía municipal y el impacto correspondiente en su declaración de IRPF.

¿Cómo se calcula el ITP en Madrid?

Para realizar el cálculo del ITP en Madrid de forma correcta, resulta aconsejable seguir estos pasos esenciales:

  1. Consultar el valor de referencia: Conviene revisar el valor oficial en la sede del Catastro, ya que actúa como base imponible mínima para Hacienda.
  2. Identificar el tipo aplicable: Si compras una vivienda habitual de 200.000 euros sin reducciones especiales, el tipo general del 6% generaría un impuesto de 12.000 euros; no obstante, al aplicar la bonificación del 10% por vivienda habitual (tipo del 5,4%), la cantidad final se reduce a 10.800 euros.
  3. Liquidar el impuesto: El comprador dispone de un plazo legal de 30 días hábiles, a contar desde la fecha de formalización de las escrituras ante notario, para cumplimentar el Modelo 600 y realizar el pago correspondiente a la hacienda autonómica.

Preguntas Frecuentes (FAQs)

Si la plaza de garaje o el trastero se transmiten de forma conjunta con la vivienda en la misma escritura, se les suele aplicar el mismo tipo de la vivienda (6% o el reducido correspondiente). No obstante, si se adquieren de manera totalmente independiente, la legislación prevé una escala que parte del 6% y asciende al 8% si el valor del elemento supera los 30.000 euros.

Por norma general bancaria, las entidades financieras limitan la concesión del préstamo al 80% del valor de tasación o compraventa, lo que implica que el comprador suele necesitar disponer de un 10% o 12% de ahorro previo para cubrir los impuestos (como el itp de Madrid) y los gastos notariales. Sin embargo, existen perfiles específicos o avales institucionales donde se puede valorar la posibilidad de obtener un porcentaje mayor de financiación.

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